Toluca, Méx. - El secretario del Trabajo del Estado de México, Norberto Morales Poblete informó que las empresas asentadas en la entidad suelen cumplir oportunamente con sus obligaciones, entre ellas, el reparto de utilidades siendo un derecho constitucional en el cual se reconoce que la labor de las personas trabajadoras es determinante en la generación de las Ganancias de las empresas.
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Refirió que tan sólo durante el 2025 se tuvieron cerca de 30 denuncias, "son muy pocas, casi todos cumplen con su responsabilidad, también en el tema de aguinaldo, la planta productiva debidamente instalada dentro de la formalidad cumple".
Hasta el momento, indicó que la dependencia no cuenta con un corte actualizado sobre las denuncias recibidas en este año, pero aclaró que el grueso de las solicitudes a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo corresponde a asesorías para calcular el monto que les corresponde.
"Esto es muy variable, a diferencia del aguinaldo que se sabe que cuando menos son 15 días de salario, pero aquí es diferente porque se consideran otros factores como cuánto es lo que gana la empresa, cuánto utilizan para reinversión, entre otras cosas".

Morales Poblete hizo un llamado a las empresas a seguir cumpliendo y contribuir a mantener la paz laboral en la entidad, mientras que a las personas trabajadoras les pidió formalizar sus denuncias en caso de omisión.
La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es el derecho de las personas trabajadoras a obtener parte de las ganancias de la empresa en que laboran, estas se determinan por la mitad de los días trabajados, mientras que la otra mitad corresponde al monto de los salarios percibidos.
Los plazos establecidos para recibir las utilidades son: del 1 de abril al 30 de mayo, si es que se trabaja para una empresa y del 1 de mayo al 29 de junio, si se trabaja para una persona física.
Sobre quiénes tienen derecho a recibirlas se encuentran: personas trabajadoras activas, extrabajadoras, de base o eventuales, que hayan laborado al menos 60 días en el año anterior, personas con incapacidad temporal, madres y padres trabajadores en licencia de maternidad o permiso de paternidad.
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