Toluca, Méx.- De manera unánime el Congreso del Estado de México aprobó adecuar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el Código Penal, para regular y sancionar la violencia ácida o química, con ello se establece que se perseguirá de oficio, se sancionará con hasta 36 años de prisión y el estado tendrá que asegurar a las víctimas el acceso gratuito, integral y continuo a los servicios de salud.
Su regulación en la legislación estatal dotará a las autoridades de los instrumentos jurídicos necesarios para sancionar y erradicar este tipo de conductas delictivas, que inciden, en perjuicio, sobre todo de la mujer, constituyendo ilícitos de violencia extrema.
Lee también Acusan omisión y simulación en análisis de propuestas para tipificar la violencia química en Edomex
Una vez que se publique en Gaceta de Gobierno y entre en vigor, la reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia establecerá que, en las órdenes de protección administrativa, además de las previstas en la ley y otros ordenamientos, se considere canalizar y ordenar el traslado inmediato de las víctimas a unidades médicas de alta especialidad; que el personal de salud atienda a las víctimas de manera inmediata y prioritaria, conserve la evidencia clínica y biológica, y notifique de manera inmediata al Ministerio Público sobre la atención prestada.
Además, las mujeres dañadas deberán acceder a la reparación integral, comprendiendo medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y garantías de no repetición.
Por cuanto hace a las reformas y adiciones al Código Penal del Estado de México, resaltaría que, tratándose de las lesiones con ácido, sustancias corrosivas, o químicas o flamables, la reparación integral del daño a la víctima u ofendido incluirá, cirugías reconstructivas, rehabilitación física y psicológica, prótesis, tratamientos médicos especializados y de largo plazo, compensación por lucro cesante, y cualquier otra medida necesaria para la recuperación integral de la víctima.
En relación con circunstancias que agravan la penalidad del delito, además de las penas señaladas en la ley por el delito de lesiones (hasta 6 años de prisión y 150 días multa), se adicionarán agravantes cuando las lesiones se produzcan dolosamente mediante el uso de ácidos, sustancias corrosivas, cáusticas, irritantes, tóxicas o inflamables, compuestos químicos, líquidos a altas temperaturas, álcalis, gases, explosivos, reactivos o cualquier otra sustancia análoga, se aplicarán de 5 a 10 años de prisión y de 100 a 200 días multa.
También cuando las lesiones se produzcan dolosamente hacia una mujer, niña o adolescente se impondrán de 8 a 15 años de prisión y de 200 a 500 días multa, puntualizando que, si el ataque causa desfiguración permanente en cara, cabeza, cuello, mamas o genitales, o pérdida o disminución definitiva de función de órgano o sentido, la pena será de 12 a 20 años de prisión y de 300 a 700 días multa.
Además, que cuando el delito se cometa por una persona servidora pública o haya existido entre el sujeto activo y la víctima una relación de parentesco, convivencia, sentimental, laboral, o de confianza, la pena prevista se incrementará hasta en una mitad, pudiendo alcanzar 36 años de prisión, enfatizando que la persecución del delito será de oficio.
Síguenos en nuestras redes sociales:
Instagram: @eluniversaledomex, Facebook: El Universal Edomex y X: @Univ_Edomex