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Toluca, Méx. - Al efectuar el foro "Vientres de Alquiler ¿negocio, explotación o derecho?", los parlamentarios locales buscan presentar en marzo -en el marco del Día Internacional de la Mujer- una iniciativa que prohíba o regule la maternidad subrogada en el Estado de México.
Se indicó que mientras estados como Tabasco y Sinaloa permiten la práctica, otros como Querétaro, Coahuila y San Luis Potosí la prohíben o desconocen este tipo de acuerdos o contratos en donde mujeres "rentan" su vientre.
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Expertos en bioética, derecho y temas sociales, coincidieron en que la falta de certeza jurídica sólo favorece a quienes ven en el cuerpo de una mujer como un medio de reproducción, y a niñas y niños como una mercancía.
"De acuerdo con las Naciones Unidas, en 2023 este mercado se valoró en 14 mil 950 millones de dólares con una proyección de casi 100 mil millones de dólares para 2033, esta industria crece aceleradamente impulsada por la prevalencia de infertilidad y otros temas, pero también por una oferta comercial global que ha transformado la reproducción y vida humana en una mercancía", señaló la diputada promotora del foro Johanna Felipe Torres (PAN).

Señaló que con estos espacios no se busca criminalizar la reproducción asistida, sino garantizar que ninguna mujer sea explotada como un medio reproductivo y asegurar que los derechos de los menores prevalezcan sobre cualquier contrato civil o interés económico. "Queremos legislar con la mente clara y objetiva, no para obstaculizar el deseo de formar una familia, sino para que este no se convierta en un contrato comercial".
Valeria González Ruiz, maestra en derechos humanos y democracia, y coordinadora de asuntos públicos de Early Institute, afirmó que este tipo de maternidad es considerada como una explotación reproductiva al captar a mujeres principalmente en situación de vulnerabilidad para considerarlas como "fábricas de bebés", y por tres elementos claves: existe el objeto de comercialización, explotación del cuerpo de la gestante, y lógica de mercado, pues en muchos casos se logra ofrecer hasta 400 mil pesos por subrogar el vientre.

En tanto, Sofía Pérez Romero, directora general de Cibeles abogados, firma especializada en derecho de la familia, reproducción asistida y litigio estratégico en materia de derechos humanos, resaltó en principio que el término Vientre de Alquiler ha sido calificado por la Suprema Corte como estigmatizante, por lo que indicó que lo correcto es hablar de una gestación por sustitución.
Para que este proceso no quede a la deriva, ni a la voluntad privada o incertidumbre jurídica, indicó que la formalización de la práctica debe ser rigurosa y transparente, a través de un análisis de la idoneidad de las partes, sus motivaciones para garantizar que se encuentran en condiciones físicas, médicas, sociales, psicológicas y económicas idóneas para iniciar el proceso juntos y posteriormente formalizarlo a través de un contrato de gestación por sustitución.

"El contrato no es un simple acuerdo de voluntades, es un instrumento que actúa como el eje protector de todas las partes involucradas. Para proteger a la mujer gestante, al bebé y a la familia intencional es indispensable formalizar el contrato antes de iniciar cualquier procedimiento médico, este permite que todas las partes conozcan con claridad sus derechos y obligaciones; que funcione como un mecanismo formal para expresar la voluntad procreacional; contribuye a prevenir conflictos y mitigar riesgos jurídicos, médicos y éticos. "Sin contrato regulado no hay supervisión del Estado y sin ello, dejamos la puerta abierta al abuso".
Finalmente se precisó que de optar por la regulación y no por la prohibición, se debe garantizar que la mujer que gestará tendrá derecho a recibir información clara y en su idioma, a recibir asesoría médica y psicológica antes de cualquier procedimiento legal o médico, así como a tener representación legal independiente y pagada sin condicionamientos.
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