Toluca, Méx. La comisión legislativa de Procuración y Administración de Justicia aprobó por mayoría agravar el delito de despojo, estableciendo una pena máxima para quien lo cometa de hasta 17 años de prisión.
Octavio Martínez, diputado de Morena y uno de los impulsores de la iniciativa, refirió que la modificación al Código Penal del Estado era necesaria y urgente si se considera que cada dos horas se comete un despojo en el Estado de México, por lo que la reforma dará certeza a los más de 4 .5 millones de propiedades que se encuentran en territorio mexiquense.
También se destacó que al elevar las penas se buscan dar herramientas legales a la Fiscalía General de Justicia del Estado para que actúe, se den resultados y se detengan a delincuentes.
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¿Qué se aprobó?
Se establece una pena de 5 a 10 años de prisión y de 700 a mil días multa a quien ocupe un inmueble ajeno o haga uso de él o de un derecho real que no le pertenezca o impida materialmente el disfrute de uno o de otro y a quien desvíe o utilice aguas, propias o ajenas, en desacato a lo dispuesto por la ley de la materia.
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En el artículo 308 del Código Penal se precisa que cuando se trate de un predio declarado área natural protegida se impondrán de 7 a 12 años de prisión y de 700 a mil días multa; a las personas servidoras públicas que tengan autoría o participación en el delito se les impondrán de 10 a 17 años de prisión y de 700 a mil días multa.
En tanto, en el artículo 308 Bis se señala la sanción se incrementará hasta en una mitad cuando el delito se cometa: con violencia física o moral, o mediante el rompimiento de cerraduras, o el forzado de puertas o ventanas; cuando se cometa en contra de un ascendiente o descendientes; cando clandestinamente se aproveche la ausencia del propietario, o cuando la víctima sea una mayor de 60 años, menor de 18, mujer embarazada, persona con discapacidad o perteneciente a un pueblo o comunidad indígena.
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