Toluca, Méx. — Para el cumplimiento cabal de las disposiciones de la reforma a la Ley Federal del Trabajo, conocida como , primero se requiere asesorar a las empresas, sobre todo a las pequeñas, respecto a qué establece la ley y cómo cumplirla; después, verificar y, finalmente, sancionar, señaló el secretario del Trabajo del Estado de México, Norberto Morales Poblete.

Norberto Morales Poblete Foto: Especial
Norberto Morales Poblete Foto: Especial

Lee también:

Hablar ahorita de una situación punitiva no es lo correcto. Tenemos diversos logros obrero-patronales que transforman y dignifican la situación laboral, y el cumplimiento de esta ley es todo un proceso que debe ser gradual


comentó Morales.

¿Qué dice la ley?

La reforma a la Ley Federal del Trabajo, que obliga a los empleadores a proporcionar el número suficiente de asientos o sillas con respaldo a disposición de las personas trabajadoras en los sectores de servicios, comercio y centros de trabajo análogos, para la ejecución de sus funciones o para el descanso periódico durante la jornada laboral, entró en vigor el pasado 17 de junio. No obstante, otorgó un plazo de 180 días naturales para que las empresas adecuarán su normativa interna y dieran cumplimiento a esta disposición.

Fecha límite para cumplir con la ley

Ante ello, tienen hasta el 17 de diciembre para cumplir con la ley y evitar que las personas empleadas permanezcan de pie durante toda la jornada laboral.

Es todo un proceso. La Ley Silla parece una medida sencilla, pero hay espacios o trabajos donde aún no se ha implementado. Las grandes empresas, por supuesto, pueden cumplirla con mayor facilidad, pero se vuelve más complicado para los talleres pequeños


señaló el secretario.

En este sentido, dijo que la dependencia del Gobierno del Estado de México está en la disposición de, primero, asesorar a las empresas sobre la implementación de la reforma; después, verificar que cumplan, y finalmente, sancionar a quienes no lo hagan.

Empleadores a proporcionar el número suficiente de asientos o sillas con respaldo a disposición de las personas trabajadoras / Foto: Carlos Mejía / El Universal
Empleadores a proporcionar el número suficiente de asientos o sillas con respaldo a disposición de las personas trabajadoras / Foto: Carlos Mejía / El Universal

Lee también:

Hasta el momento no hemos recibido quejas, porque tampoco se ha difundido lo suficiente el tema. Quisiéramos estar al nivel de otros países, pero estamos apenas comenzando con esto y vamos a asesorar a quien sea necesario para implementarla


comentó

Con su entrada en vigor, el artículo 423 de la Ley Federal del Trabajo estipula que, dentro del reglamento interior de trabajo, las empresas deberán establecer las horas de entrada y salida de las personas trabajadoras, el tiempo destinado a las comidas y los períodos obligatorios de durante la jornada.

Síguenos en nuestras redes sociales:

Instagram: , Facebook:  y X: 

Google News

TEMAS RELACIONADOS

Comentarios