Toluca, Méx. — La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Gobierno del Estado de México declarar contingencias ambientales en el conforme a las Normas Oficiales Mexicanas, y no con los valores límite aplicados actualmente por la Secretaría de Medio Ambiente del estado.

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El programa para Atención de Contingencias Ambientales Atmosféricas no garantiza la máxima protección de las personas / Foto Alejandro Vargas
El programa para Atención de Contingencias Ambientales Atmosféricas no garantiza la máxima protección de las personas / Foto Alejandro Vargas

Por mayoría de votos, los ministros del máximo tribunal, determinaron la inconstitucionalidad del Programa para Atención de Contingencias Ambientales Atmosféricas, para las Zonas Metropolitanas del Valle de Toluca y de Santiago Tianguistenco, porque no garantiza la máxima protección de las personas, informó el abogado Luis Miguel Cano López.

Lo anterior, deriva del Amparo en Revisión 576/2023 promovido por la asociación civil Renacimiento Eco Productivo Rural y Urbano (Eco Renacimiento A.C.) contra la Secretaría de Medio Ambiente del Estado de México.

Cano López explicó que, actualmente, la Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible activa únicamente la Fase Preventiva cuando se rebasan los valores límite permisibles para la concentración de contaminantes en la atmósfera, establecidos en las Normas Oficiales Mexicanas. Y espera mayores concentraciones de partículas suspendidas para declarar la Fase de Contingencia, lo que no solo daña al medio ambiente, sino también la salud y la vida de las personas. Por lo tanto, para evitar daños, la dependencia debe activar la Fase de Contingencia en cuanto se rebasen los niveles máximos establecidos por las Normas Oficiales Mexicanas.

Afectaciones a la salud

Tan solo el primer trimestre del año, la mala calidad de aire en la zona metropolitana del Valle de Toluca afectó la salud de 4 mil 918 personas por asma, conjuntivitis, infección respiratoria aguda, otitis, padecimientos cerebrovasculares y del corazón, según el Centro Estatal de Vigilancia Epidemiológica y Control de Enfermedades (CEVECE).

Durante el primer trimestre del año, la calidad del aire estuvo 85 días fuera de la norma por partículas contaminantes PM10 y PM2.5, y ningún día de marzo tuvo buena calidad de aire, según el reporte de la Red Automática de Monitoreo Atmosférico de la Zona Metropolitana del Valle de Toluca.

La mayor parte de los días del año tendríamos que estar en contingencia, porque la mayor parte de los días se rebasan los máximos de contaminantes que están permitidos. Este mes de marzo todos los días debió haber contingencia


señaló el abogado.

La mayoría de los días del año debe haber contingencia / Foto Alejandro Vargas
La mayoría de los días del año debe haber contingencia / Foto Alejandro Vargas

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Una vez que se haga pública la sentencia, el gobierno estatal, a través de la Secretaría de Medio Ambiente, deberá acatar las resoluciones de la SCJN, por lo que la mayoría de los días del año debe haber lo que debe implicar cambios en los sectores productivos: industriales, de servicios, comercial y gubernamental.

El tiempo que (gobierno) tarde nos mostrará en realidad cuánto le importa la población y cuánto pesan, para la autoridad, los intereses de las industrias, de los comercios, de los servicios y la propia actividad gubernamental


dijo.

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