Toluca, Méx. La Semana Santa 2025, es una celebración católica central que conmemora la Pasión de Cristo y marca el primer periodo vacacional del año. Durante este periodo, se conmemoran los últimos días de la vida de Jesús de Nazareth, desde su entrada a Jerusalén hasta su resurrección.
Sin embargo, a pesar de su relevancia cultural y religiosa, persiste la pregunta sobre si los días santos son considerados como descansos obligatorios.
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Para los estudiantes de educación básica, los Días Santos son oficiales, ya que de acuerdo con el calendario escolar 2024-2025 de la Secretaría de Educación Pública (SEP), las vacaciones de Semana Santa están marcadas del 14 al 25 de abril.
En el ámbito laboral, la situación es distinta, debido a que la Ley Federal del Trabajo (LFT), en su artículo 75, no contempla el jueves 17, viernes 18, sábado 19 y domingo 20 de abril como días de descanso obligatorio. Esto significa que los empleadores no están legalmente obligados a otorgar los Días Santos como días de asueto con goce de sueldo.
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Sin embargo, algunas empresas permiten a sus trabajadores tomar estos días libres como parte de sus prestaciones internas.
Si un trabajador labora durante estos días, generalmente se le paga su salario ordinario, sin derecho a un pago doble o triple como ocurre con los días de descanso obligatorio.
En 2025, el Jueves y Viernes Santo caerán el 17 y 18 de abril, por lo que es importante que los empleados consulten con sus respectivas empresas si podrán tomarlos como descanso o no.
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