Cuautitlán Izcalli, Méx.- En el sitio web oficial del Fondo Nacional de Infraestructura está publicado un apartado con el Reglamento del Tren Felipe Ángeles Buenavista-AIFA, en el cual aparece un tarifario que indica un costo de 110 pesos como la máxima tarifa y de 11.50 pesos como la mínima.
Ese tabulador figura en el portal del FONADIN, sin embargo, no es el vigente, ya que actualmente el Tren Felipe Ángeles funciona con una tarifa de promoción por inauguración durante el primer mes, que es de 45 pesos del AIFA a Buenavista y de Buenavista al AIFA. Y para las demás estaciones en 11.50 pesos. Se prevé que esos costos venzan el 26 de mayo cuando se cumple el primer mes.
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Las Reglas de aplicación para el funcionamiento y uso del Tren Buenavista Ramal Lechería-AIFA, establece que las tarifas de uso del servicio son: 11.50 pesos por viaje corto, que va de 0 a 12.89 km; 26.50 pesos por viaje medio que va de 12.9 km a 25.59 km; 40 pesos por viaje largo de 25.60 km a 37.6 km; y 110 pesos viaje AIFA, de 0 km a 41.2 km.
De acuerdo con el tarifario publicado en la página web de FONADIN, encargado de la operación del Tren Felipe Ángeles, saliendo desde Buenavista el viaje corto de 11.50 pesos aplicaría para llegar a las estaciones de Fortuna y Tlalnepantla. El viaje medio de 26.50 pesos sería para trasladarse a las estaciones de San Rafael, Lechería, Cueyamil y La Loma.
El viaje largo de 40 pesos sería para Teyahualco, Prados Sur, Cajiga y Xaltocán. Y el viaje AIFA de 110 pesos aplicaría por el recorrido completo hasta llegar a la terminal aeroportuaria.
Mientras que saliendo del AIFA, la tarifa publicada en la página de internet del Fondo Nacional de Infraestructura señala que para llegar a Xaltocán, Cajiga y Prados Sur, el precio sería de 26.50 pesos; y a Teyahualco, La Loma y Cueyamil, 40 pesos.
Y del AIFA a Lechería, San Rafael, Tlalnepantla, Fortuna y Buenavista el costo publicado es de 110 pesos.
Dentro del documento de las reglas de aplicación para el funcionamiento, se encuentran disposiciones generales que establecen que no serán toleradas y en su caso, serán retiradas las personas cantantes, payasos, vendedores ambulantes, pordioseros, etc. (que piden dinero como retribución).
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