Las decisiones públicas que moldean el funcionamiento de una democracia son numerosas, sin embargo, las reformas electorales destacan en trascendencia por ser aquellas que definen cómo se distribuye el poder político y quiénes pueden ejercerlo. No se trata de ajustes administrativos, ni de simples modificaciones normativas que se juzguen a la luz de objetivos declarados, sino de la definición del futuro político de una sociedad desde los ejes del equilibrio entre gobernabilidad y diversidad, equidad en la competencia, inclusión de minorías y, sobre todo, la materialización de la voluntad ciudadana en la legitimidad de las autoridades electas[1].
México vuelve a colocarse frente a una disyuntiva, en un debate que toca las bases mismas del régimen democrático. La reforma electoral de 2025, promovida desde el Ejecutivo Federal, se plantea como un proceso de reconfiguración que tiene como directrices la revisión de las reglas de representación proporcional, la reducción del costo de las elecciones, la profesionalización de los recursos humanos y técnicos del sistema electoral, la incorporación de mecanismos de participación directa, así como la prohibición del nepotismo electoral y de la reelección inmediata en diversos cargos de representación popular. Los cambios que se materialicen a partir de esta reforma podrían configurar un sistema electoral más cercano, austero y operativo; sin embargo, su alcance no será unívoco ni automático, dependerá, de manera decisiva, del modelo de representación que se adopte.
La reforma abre así dos escenarios: Por un lado, la posibilidad de optar por un modelo que preserve el sistema de partidos como eje central de la intermediación política; por otro, avanzar hacia un esquema que priorice y fortalezca opciones plenamente ciudadanas en favor de mecanismos de participación directa. Ambas visiones son, en abstracto, legítimas y defendibles desde distintas tradiciones democráticas; no obstante, tienden a entrar en tensión[2].
Fortalecer el sistema de partidos supone reafirmar que estos continúan siendo los principales vehículos de agregación de intereses y organización del poder político, adjudicándoles una función estabilizadora. Sin embargo, esta opción no está exenta de costos, en contextos como el mexicano, los partidos enfrentan un desgaste profundo de legitimidad social que tensiona cualquier intento por reforzar su centralidad institucional.
Los datos de opinión pública son determinantes: De acuerdo con el Latinobarómetro 2023, alrededor del 28 por ciento de la ciudadanía manifiesta confianza en los partidos políticos, mientras que una mayoría expresa escepticismo sobre su capacidad para representar eficazmente los intereses sociales. De manera consistente, la Encuesta Nacional de Cultura Cívica (ENCUCI) 2020 del INEGI muestra que más de tres cuartas partes de la población declara tener poca o nula confianza en estas organizaciones. Este deterioro no es solo perceptivo, sino estructural, por lo que reforzar un sistema partidista sin atender esta brecha de legitimidad corre el riesgo de profundizar la distancia entre ciudadanía y representación, limitar la renovación de liderazgos y reproducir lógicas de élite que restringen la inclusión efectiva de intereses minoritarios o emergentes, debilitando, paradójicamente, la función estabilizadora que se pretende preservar.
En contraste, avanzar hacia un esquema de representación que priorice opciones ciudadanas que desplacen el monopolio de la intermediación política que históricamente han ejercido los partidos políticos, y abra espacio a candidaturas con mayor anclaje social, mecanismos de participación directa y formas más flexibles de organización política, da respuesta a una demanda creciente de autenticidad representativa y de mayor control ciudadano sobre el poder; sin embargo, plantea, al unísono, desafíos significativos, pues, sin una arquitectura que permita procesar y consolidar las demandas sociales, el fortalecimiento ciudadano corre el riesgo de traducirse en una representación dispersa, personalista o vulnerable al desgaste político.
La evidencia empírica confirma estos límites. En la Consulta Popular de 2021 participaron poco más de 6.6 millones de personas, lo que representó apenas alrededor del 7 % del padrón electoral, mientras que en el ejercicio de Revocación de Mandato de 2022 acudieron a las urnas cerca de 15 millones de ciudadanas y ciudadanos, equivalentes a aproximadamente el 17.6 por ciento del listado nominal. Aun cuando estas cifras muestran una capacidad de movilización superior a la esperada para mecanismos inéditos a escala nacional, permanecen considerablemente por debajo de los niveles de participación observados en elecciones ordinarias. De manera similar, otros instrumentos de participación directa, como los plebiscitos locales, han registrado tasas aún más reducidas, y las iniciativas ciudadanas de carácter federal, aunque formalmente reconocidas en el marco jurídico, han tenido una incidencia prácticamente nula en la producción legislativa.
Reconocer esta contraposición no supone descalificar una u otra visión, sino asumir que cada una define un rumbo distinto del sistema democrático. Para comprender el alcance de esta decisión, resulta indispensable analizar la experiencia histórica mexicana, así como la forma en que las reglas electorales han moldeado, en distintos momentos la dinámica política, particularmente en lo que respecta a la integración del Poder Legislativo, donde las tensiones entre pluralidad y gobernabilidad se manifiestan con mayor claridad.
A partir de la reforma electoral de 1977-1978, México optó por la construcción de un sistema político más amplio como respuesta a un reclamo social persistente por la apertura de los espacios de representación popular a la diversidad ideológica. Esta reforma marcó un punto de inflexión al reconocer que la estabilidad no podía seguir descansando en la exclusión de las minorías políticas, sino en su incorporación institucional al Congreso.
No obstante, esta apertura convivió durante años con un sistema de partido hegemónico y un presidencialismo exacerbado, en el que las reglas de representación, tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado, fueron diseñadas para garantizar, en los hechos, una mayoría parlamentaria artificial al partido en el poder. Bajo este esquema, el partido que obtenía la primera minoría de los votos podía acceder a una mayoría absoluta de las curules, configurando un fenómeno de sobrerrepresentación política que distorsionaba la voluntad popular y subordinada la función legislativa a las necesidades del Ejecutivo.[3]
Este modelo, consagrado en su momento en el antiguo Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE), aseguraba mayorías legislativas, no como resultado de la competencia electoral efectiva, sino por mandato legal. La gobernabilidad se construía sobre una aritmética institucional diseñada para eliminar el disenso, relegando la negociación política.
Fue hasta mediados de la década de los noventa, y tras una serie de reformas electorales orientadas a desmontar los mecanismos de sobrerrepresentación heredados del régimen hegemónico, que este esquema comenzó a modificarse de manera sustantiva[4]. En particular, fue a partir de la reforma constitucional de 1996 y de la interpretación posterior del artículo 54 de la Constitución realizada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que se consolidó un criterio de ponderación en la asignación de la representación proporcional en la Cámara de Diputados. Dicho criterio estableció límites explícitos a la sobre y subrepresentación de los partidos políticos[5], con el objetivo de corregir las distorsiones más graves del sistema y aproximar la integración del Congreso a la distribución real del voto ciudadano.
Sin embargo, este equilibrio comenzó a erosionarse con el Pacto por México, concebido como un instrumento político para reducir los costos de negociación legislativa y remover los obstáculos institucionales a una agenda presidencial específica. La estrategia del gobierno de Enrique Peña Nieto se orientó explícitamente a la construcción de una mayoría legislativa funcional, objetivo que sólo se consolidó con los ajustes introducidos por la reforma electoral de 2014. Con ello, se cerró un ciclo en el que la pluralidad legislativa había operado como un contrapeso efectivo del poder presidencial, reabriendo el debate sobre los costos democráticos de privilegiar mayorías estables y disciplinadas por encima de una representación plural y equilibrada.
Este tránsito histórico permite advertir que el problema de la representación legislativa en México no se agota en la dicotomía entre pluralidad y gobernabilidad, sino que se expresa, de manera más compleja, en la forma en que el diseño institucional ha sido utilizado, en distintos momentos, para corregir o para reproducir desequilibrios en la distribución del poder político.[6] La experiencia acumulada muestra que ni la sobrerrepresentación legalmente inducida, ni la fragmentación extrema del poder legislativo han ofrecido soluciones sostenibles, por el contrario, ambos extremos han generado costos institucionales relevantes.
Desde esta perspectiva, el debate planteado sobre los rumbos a los que lleva la reforma electoral presentada en 2025 debe analizarse como una redefinición que deberá considerar que las reglas de representación heredadas ya no producen los mismos equilibrios, y es a partir de esta lectura que adquiere sentido realizar una propuesta para asumir el panorama actual. En el caso de la Cámara de Diputados, una alternativa que emerge del análisis consiste en reducir el número de escaños asignados por representación proporcional a 150, mediante un sistema de lista nacional postulada por los partidos políticos, complementado con la incorporación de primeras minorías. La lógica de asignación permitiría mantener el principio proporcional al tiempo que se evita la reconstrucción normativa de mayorías artificiales, favoreciendo una integración más cercana a la voluntad ciudadana expresada en las urnas.
Tratándose del Senado de la República, el análisis conduce a cuestionar la pertinencia de los esquemas de representación proporcional de alcance nacional, en tanto que este órgano no representa a la ciudadanía en su conjunto, sino a las entidades federativas como sujetos del pacto federal. En este sentido, una integración basada exclusivamente en dos senadurías por entidad federativa electas por mayoría relativa, acompañadas de una senaduría de primera minoría, resultaría más consistente con su naturaleza constitucional y contribuiría a reforzar el federalismo político, evitando la superposición de criterios de representación que diluyen su función institucional. Este rediseño, lejos de restringir la pluralidad, permitiría clarificar los roles diferenciados entre ambas cámaras, fortaleciendo la representación nacional en la Cámara de Diputados y la representación territorial en el Senado.
A estas propuestas debe sumarse, de manera transversal e irrenunciable, la incorporación efectiva del principio de paridad de género y de acciones afirmativas claras y exigibles para garantizar la inclusión de grupos históricamente subrepresentados. La legitimidad del sistema democrático contemporáneo no puede entenderse al margen de estos principios.
Se plantea entonces, que, de las dos perspectivas aludidas como rectoras del debate, el sistema de partidos continúa siendo un componente necesario, cuya funcionalidad dependerá de manera directa del entorno institucional en el que opera. En este punto, la organización electoral se ha convertido en uno de los nudos críticos. La reforma de 2014 instauró un modelo de centralización profunda que concentró facultades decisorias en el Instituto Nacional Electoral (INE), desplazando de forma significativa a las entidades federativas. La designación centralizada de las autoridades de los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLEs), la integración de los Tribunales Electorales Locales y la imposición de criterios homogéneos no sólo redujeron márgenes de autonomía, sino que redefinieron el federalismo electoral en sentido restrictivo.
Este esquema fue concebido como una respuesta frente a contextos locales de debilidad institucional y captura política. Sin embargo, su permanencia ha dejado de ser una solución transitoria y se ha convertido en un rasgo estructural de centralismo. La facultad del INE para remover autoridades locales por desacato constituye una erosión progresiva del principio de soberanía de los estados en lo relativo a su régimen interior, uno de los pilares históricos del pacto federal. La reforma electoral de 2025 no puede eludir el esquema de centralización, pues, de mantenerse, supone normalizar una anomalía institucional que debilita la autonomía de las entidades federativas.
El nuevo modelo de elección de integrantes del Poder Judicial ofrece un precedente que no puede ser ignorado. Bajo esquemas claros de idoneidad, transparencia y supervisión, resulta razonable explorar mecanismos que devuelvan a las legislaturas estatales la facultad de nombrar a quienes integran los OPLEs y los Tribunales Electorales Locales, restituyendo sus competencias sustantivas. De manera complementaria, la creación transitoria de salas electorales especializadas dentro de los Tribunales de Justicia de los estados permitiría aprovechar la legitimidad democrática de estos órganos.
Es así como se sostiene que, frente a la disyuntiva planteada, la opción institucionalmente más consistente es aquella que preserva el sistema de partidos bajo un rediseño impostergable, no porque los partidos estén exentos de déficits de legitimidad, sino porque son dispositivos capaces, responsables y obligados a articular pluralidad social, producir decisiones colectivas estables y garantizar responsabilidad política en un sistema democrático complejo.
Por otro lado, la propuesta de reconfiguración del Poder Legislativo ofrece una vía mediante la cual la ciudadanía no pierde centralidad; por el contrario, gana peso efectivo al ver su voto traducido con mayor fidelidad en la integración de los órganos legislativos y en la posibilidad real de exigir cuentas. A lo cual se agrega, la incorporación transversal de la paridad de género y de acciones afirmativas exigibles, dejando de ser una concesión retórica, para convertirse en una condición estructural del sistema.
El replanteamiento del modelo de organización electoral, la descentralización, entendida como restitución de competencias bajo controles legítimos de reconciliación con el pacto federal, ofrecen una salida institucional que reconoce las tensiones reales y opta por resolverlas, no mediante atajos ni rupturas, sino a través de un rediseño de las reglas.
La apuesta es clara, construir una democracia capaz de procesar el conflicto sin negarlo, de representar la pluralidad sin fragmentar y de distribuir el poder sin sacrificar la capacidad efectiva de decisión. En ese delicado pero necesario equilibrio se juega el éxito de la reforma electoral que está en construcción.
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