El Congreso del Estado de México aprobó recientemente diversas reformas a la Constitución Política de la entidad, las cuales tendrán un impacto importante en materia electoral. Esta reforma se deriva de la iniciativa que presentaron en conjunto los coordinadores parlamentarios de Morena, PVEM y PT, así como otras cuatro propuestas planteadas por legisladores de Morena y el PVEM.
Con ello, el Estado de México armoniza su marco normativo electoral con la reforma electoral federal de 2026 impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, la cual busca hacer más austero nuestro sistema electoral, fortalecer la participación ciudadana, robustecer los mecanismos de fiscalización, mejorar la representación popular y, por primera vez, regular el uso de la Inteligencia Artificial en las elecciones, desde el texto constitucional.
De acuerdo con uno de los transitorios de la iniciativa de reforma aprobada por el Congreso de la Unión y los congresos de las entidades federativas, estos últimos deberán ajustar su marco jurídico en materia electoral, a más tardar el 15 de mayo de 2026.
Así, el Estado de México atiende esta disposición y avanza en la adecuación de su Constitución y leyes locales rumbo al próximo proceso electoral que, dicho sea de paso, iniciará en el mes de septiembre de 2026, con la primera sesión que el Consejo General del IEEM celebre en los primeros 15 días de ese mes, del año anterior a la elección.
Algunos de los aspectos de la reforma electoral del Estado de México, aprobada por unanimidad de votos por parte de la Legislatura estatal, son los siguientes.
En el tema de austeridad, se aprobó que las remuneraciones de las consejerías electorales, magistraturas electorales y otros servidores públicos del Instituto Electoral del Estado de México no excederán el límite establecido en la Constitución; así como la prohibición del uso de recursos públicos para la contratación de seguros y otras prestaciones.
Ahora, el presupuesto anual del Poder Legislativo tendrá un tope, al establecerse, desde la Constitución estatal, que este "no podrá exceder del cero punto setenta por ciento del Presupuesto de Egresos del Estado correspondiente al ejercicio fiscal de que se trate".
Respecto a los principios de paridad de género, igualdad sustantiva y perspectiva de género, se establece la obligación de su observancia por parte del Congreso del estado, como órgano legislativo local, en su integración y funcionamiento.
En materia de nepotismo destacan el requisito que prohíbe no haber tenido "vínculo de matrimonio o concubinato o unión de hecho, o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado, con la persona que está ejerciendo la titularidad del cargo que se postula".
Se establece que los Ayuntamientos se integrarán por una sindicatura y hasta quince regidurías, cuyo número se determinará en razón directa de la población del municipio que representen, y de conformidad con los principios de paridad de género vertical y horizontal, perspectiva de género e igualdad sustantiva.
Sobre este punto cabe recordar que, desde septiembre de 2020, el grupo parlamentario de morena aprobó reducir el número de síndicos y regidores en los 125 municipios mexiquenses. A partir de la reciente reforma electoral federal y los cambios aprobados al marco normativo electoral, 11 municipios del Estado de México que tienen más de 500 mil habitantes reducirán su número de sindicaturas de dos a una.
También destaca la prohibición de la reelección con efectos a partir de las elecciones de 2030 (al igual que la prohibición al nepotismo electoral). Con ello se da fin a la reelección legislativa y municipal aprobada apenas en 2014, con lo que regresamos al principio histórico que busca evitar el enquistamiento de las élites políticas en los cargos de elección popular.
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