La conmemoración del 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer 2026, se da en un contexto global por demás complejo. No obstante, las tensiones geopolíticas no deben ser, nunca, una razón para relegar la lucha en contra de la violencia y discriminación que sufren millones de mujeres y niñas alrededor del mundo.
En México hemos avanzado de manera importante en el ámbito de las normas para procurar la igualdad y no discriminación de las mujeres. Un ejemplo son las diversas reformas realizadas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a fin de incorporar nuevas formas de violencia, como la violencia patrimonial, psicológica o sexual.
Hay, sin embargo, un tipo de violencia perpetuada en contra de las mujeres a lo largo de la historia, y normalizada a tal grado que hasta recientemente se comenzó a legislar en México.
Me refiero a la violencia vicaria, conceptualizada como la acción u omisión realizada por quien mantiene o mantuvo una relación de pareja, para dañar a la mujer utilizando a sus hijas, hijos o personas significativas como instrumento.
El reconocimiento de la violencia vicaria en México ha tenido avances significativos entre 2023 y principios de 2026, pasando de ser un concepto invisible, a ser tipificado como delito a nivel federal y también en la mayoría de los estados.
En enero de 2024, se realizaron modificaciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal Federal para reconocer y sancionar este tipo de violencia; y en octubre de 2025, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó dicha reforma, asegurando su constitucionalidad.
Como lo señaló la Corte en acciones de inconstitucionalidad (163/2022 y 57/2024), la violencia vicaria se ejerce exclusivamente en contra de las mujeres, lo que no significa que las hijas e hijos no sean víctimas de otras formas de violencia, como la familiar, con lo que se deja a salvo el interés superior de la infancia y adolescencia.
A pesar de las decisiones de la Suprema Corte en esta materia, sin una tipificación penal clara de la violencia vicaria, se le deja de investigar y sancionar de manera específica.
De acuerdo al Frente Nacional Contra Violencia Vicaria (FNCVV), actualmente este tipo de agresión es reconocida en la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de 31 estados, faltando únicamente Chihuahua, y ya se contempla en los Códigos Penales de 25 entidades, siendo el Estado de México el más reciente en incorporarlo, el pasado 4 de marzo.
El Congreso mexiquense aprobó por unanimidad reformas a su Código Penal, al Código Civil y a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México, producto de las iniciativas presentadas por Morena, PVEM, PAN y PRD.
Con ello, se define a la violencia vicaria como aquella que comete contra las mujeres por razón de género, “el hombre ya sea cónyuge, excónyuge, concubinario, exconcubinario, pareja o expareja, que por medio de cualquier acto u omisión, utilice como víctima directa de violencia a las hijas o los hijos, familiares, personas adultas, personas con discapacidad, personas en situación de dependencia o seres sintientes, para causarle algún tipo de daño a la mujer, generando una consecuente afectación psicoemocional o física”.
Otros los cambios relevantes que introducen estas reformas son la incorporación de penas de hasta 8 años de prisión para el hombre que ejerza violencia vicaria, a través de amenazas u otras conductas; sanciones económicas, que van de 500 a mil 500 días multa; pérdida de la patria potestad por castigo corporal, castigo humillante o cualquier forma o modalidad de violencia o por el abandono de sus deberes alimentarios o de guarda o custodia por más de dos meses; así como tratamiento psicológico-psicoterapéutico, psicológico, psiquiátrico o reeducativo para el agresor.
Esta reforma al marco normativo del Estado de México es un paso necesario para combatir la violencia vicaria y para reconocerla como un daño extremo que el maltratador busca provocar a la mujer, utilizando generalmente a hijas e hijos. Los siguientes pasos serán dimensionar la magnitud real de ese problema ampliamente normalizado y seguir implementando políticas a favor de las mujeres y del interés superior de las infancias y adolescencias.
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