La desaparición forzada de personas es una de las violaciones más flagrantes a los derechos humanos. Lo es porque deliberadamente quien comete este delito busca mantener oculta a la víctima de su familia y de la sociedad, en un estado de incertidumbre, por un tiempo que puede prolongarse por años, incluso por décadas.
El 30 de agosto se conmemora el Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas. En 2026 se cumplen 20 años de la adopción de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, "el único tratado universal dedicado específicamente a prevenir y erradicar las desapariciones forzadas", según se lee en la página de la Organización de Naciones Unidas.
El Estado mexicano ha suscrito diversos instrumentos internacionales en materia de desaparición, entre los que destacan la Convención mencionada, además de la Convención Interamericana Sobre Desaparición Forzada de Personas y el Pacto Mundial para una Migración Segura, Ordenada y Regular.
A pesar de los esfuerzos internacionales por contener un problema que afecta a personas tanto en sus lugares de residencia como en rutas migratorias, para el caso de personas migrantes, lo cierto es que lo que en un principio fue principalmente el producto de las dictaduras militares, se ha convertido en un fenómeno más complejo y extendido.
México representa actualmente uno de los ejemplos más graves de desapariciones forzadas. Según el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO), en marzo de 2026 había 132,061 personas desaparecidas y no localizadas en el país, aunque cabe decir que "desaparecidas" y "no localizadas" no significa automáticamente "desapariciones forzadas".
Como podemos imaginar, estas cifras se mueven todo el tiempo, pues se trata de un sistema "dinámico" que integra información proveniente de fiscalías, comisiones de búsqueda y otras autoridades.
Y así como la cooperación y la tecnología son esenciales para tener una base de datos robusta y lo más precisa posible, también lo son para fortalecer y hacer más efectiva la búsqueda de personas.
Incluso, los acuerdos internacionales en la materia colocan expresamente las obligaciones de cooperación entre Estados en materia de búsqueda, identificación, localización y restitución en determinados casos.
En este contexto, es de destacar el convenio celebrado entre la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de México (COBUPEM), de la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado de México y el Equipo Argentino de Antropología Forense. Entre las funciones que realizarán de manera conjunta están la coordinación con las autoridades competentes para la recolección y procesamiento de muestras biológicas e iniciar procesos de búsqueda forense.
El Estado de México, al ser una ruta de origen y de tránsito de personas migrantes en condición irregular hacia Estados Unidos, está obligado a reforzar la protección de personas que intervienen en la búsqueda de sus familiares y a seguir desarrollando las capacidades multidisciplinarias necesarias para la identificación de personas. En esta ecuación, la cooperación es una forma de aumentar la capacidad forense al compartir capacidades institucionales, técnicas y tecnológicas.
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