Jorge Dasaev Gómez

Fiscalización digital en tiempo real: una propuesta para transformar la recaudación y el tratamiento de datos personales en plataformas digitales en México

Pluma de opinión

El pasado 8 de septiembre se publicó en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados la iniciativa del Ejecutivo Federal por la que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación. Entre los diversos temas que contiene, hay uno de particular interés que el documento denominó: “Revisión en tiempo real a las plataformas digitales”.

La iniciativa pretende diseñar un artículo 30-B del Código Fiscal de la Federación para otorgar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) un acceso permanente, en línea y en tiempo real, a la información contenida en los sistemas y registros de los prestadores de servicios digitales. Esta propuesta representa un cambio radical, que pasa de la fiscalización tradicional basada en reportes periódicos a un modelo de vigilancia continua y digitalizada, que tiene amplias implicaciones tanto en la recaudación fiscal como en el tratamiento de datos personales de millones de usuarios de los servicios.

El alcance de la reforma es amplio y significativo. El SAT podrá observar y monitorear de manera continua detalles operacionales de plataformas digitales a través de sistemas espejo, lo que se traduce en una fiscalización digital permanente. Esto puede fortalecer la recaudación al combatir esquemas complejos de evasión fiscal relacionados con falsos comprobantes fiscales y operaciones simuladas, al facilitar la detección temprana y la acción inmediata contra prácticas ilícitas.

La propuesta de diseñar un artículo 30-B del Código Fiscal de la Federación cobra especial relevancia cuando se analiza a la luz de la dinámica económica que representan las plataformas digitales en México.

En 2023, la recaudación fiscal de plataformas digitales en México alcanzó aproximadamente 27 mil millones de pesos. Para 2024, la cifra ascendió a 28 mil 600 millones de pesos. Y, en el primer semestre de 2025, ya se han recaudado alrededor de 3.9 mil millones de pesos, y se proyecta que el total anual podría superar los 30 mil millones, debido a la expansión del número de plataformas.

Las plataformas digitales destinatarias de los alcances de la reforma serán aquellas que operan en sectores de streaming audiovisual, comercio electrónico, transporte, alojamiento y servicios digitales generales. Entre las principales están: a) servicios de streaming como Netflix, Amazon Prime Video, HBO Max, Disney+, ViX y Mubi; plataformas de comercio electrónico como Amazon, Mercado Libre, Shein y Temu; plataformas de transporte y movilidad como Uber y Didi; plataformas de alojamiento como Airbnb, así como redes sociales que actúan como intermediarios de pagos y servicios, como Meta (Facebook) y YouTube.

Estas plataformas concentran la mayoría de la recaudación fiscal reportada, por lo que la reforma apunta directamente a aumentar la transparencia y el control sobre sus operaciones en México.

Sin embargo, la propuesta presenta también riesgos importantes en materia de acceso a información que no está estrictamente delimitada. La redacción amplia y genérica del artículo 30-B puede incluir desde bases de datos transaccionales hasta sistemas de gestión interna de las plataformas, lo que genera preocupación sobre el control y uso de la información que pueda incluir datos personales de usuarios de plataformas, en donde, a falta de regulación expresa y cierta, podrían configurarse situaciones de acceso excesivo y no delimitado de información confidencial de usuarios, la inobservancia de principios de protección de datos (finalidad, proporcionalidad y consentimiento, entre otros), riesgo de fuga y uso indebido, contradicciones legislativas y falta de seguridad jurídica, así como la ausencia de controles y transparencia sobre el manejo y almacenamiento.

Al respecto, la Asociación Latinoamericana de Internet (ALAI) ha expresado preocupación con respecto a medidas que impliquen el bloqueo o desconexión de plataformas digitales como sanción por incumplimientos fiscales, considerándolas desproporcionadas y perjudiciales para el ecosistema digital, la economía y los derechos fundamentales como la libertad de expresión y el acceso a la información, aunado al hecho de no generar certeza respecto de los datos personales a los que se estaría otorgando acceso al gobierno y cuáles serían los fines de su tratamiento.

De tal modo que, en el análisis realizado por esa asociación civil, se ha considerado que:

  1. La reforma, de aprobarse, resultaría inconstitucional y desproporcionada, pues habilitaría un acceso irrestricto a información de usuarios sin delimitación clara, vulnerando la privacidad, los datos personales y el debido proceso.
  2. No existen precedentes en sociedades democráticas, ni en otros sectores de la economía mexicana, de una regulación que otorgue al gobierno acceso directo, permanente y en tiempo real a bases de datos privadas.

Síguenos en nuestras redes sociales:

Instagram:, Facebook:y X:

Te recomendamos