Jorge Dasaev Gómez

Cuenta regresiva para la suspensión definitiva del servicio de telefonía móvil

PLUMA DE OPINIÓN

El próximo 30 de junio de 2026, de acuerdo con las disposiciones emitidas por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, toda línea celular en el territorio nacional que no se encuentre plenamente asociada a la Clave Única de Registro de Población y validada mediante una identificación oficial será acreedora a la suspensión total del servicio.

Esta medida busca erradicar el anonimato en las redes móviles, un vacío que históricamente ha facilitado delitos de alto impacto como la extorsión telefónica, el fraude y los secuestros virtuales. Sin embargo, la implementación de este macro-registro ha abierto un debate profundo sobre la privacidad, la proporcionalidad y el alcance real de las exigencias gubernamentales.

De acuerdo con los datos más recientes del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, específicamente a través de la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares, en México existen 103.2 millones de personas usuarias de teléfono celular, lo que representa el 84.6% de la población de seis años o más.

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Bajo la nueva disposición, el reto de regularizar el mercado es monumental: de un universo total que supera 120 millones de líneas móviles activas (considerando que muchos usuarios cuentan con más de un chip), los reportes operativos indican que aproximadamente el 75% ya han cumplido con el proceso de vinculación de su identidad. El gran problema radica en el último tramo: el 25% restante equivale a cerca de 30 millones de líneas en el limbo.

Este remanente se concentra de manera alarmante en los sectores más vulnerables: áreas rurales con nula conectividad para realizar trámites remotos, adultos mayores y usuarios bajo el esquema de prepago (que representa casi el 80% del mercado nacional) que adquieren tarjetas SIM en comercios informales. Apagar estas líneas el 30 de junio implicaría, en los hechos, una desconexión masiva que vulneraría el derecho constitucional de acceso a las tecnologías de la información.

El comportamiento de las distintas telefonías ante la disposición ha sido de estricto cumplimiento corporativo. Empresas como Telcel, Movistar y AT&T, junto con los Operadores Móviles Virtuales (OMV), han invadido de notificaciones a sus usuarios como medio de advertencia para evitar sanciones regulatorias.

No obstante, en las calles y en los centros de atención a clientes el pulso social oscila entre el descontento y la desconfianza absoluta. Las principales resistencias de la ciudadanía para la entrega de la información se resumen en tres puntos críticos: 1) temor al uso indebido, 2) vicios del mercado informal y 3) la exigencia arbitraria, por parte de algunas operadoras a nivel de sucursal, de recopilar huellas dactilares o fotografías como requisito obligatorio, rebasando lo estrictamente estipulado por la autoridad central.

La entrega de datos personales delicados demanda que cualquier medida legislativa sea estrictamente necesaria y proporcional a un fin legítimo, resultando siempre en la alternativa menos invasiva para el ciudadano.

El depositario final y responsible directo del resguardo de toda la información recabada no son las empresas privadas de telefonía, sino el Estado mexicano, a través del padrón centralizado operado por las autoridades reguladoras en telecomunicaciones. Las telefónicas fungen únicamente como ventanillas de recolección temporal.

Respecto a las garantías de transmisión segura de los datos, las normativas vigentes exigen la implementación de protocolos de encriptación de grado militar, además de auditorías constantes de ciberseguridad dictadas por las leyes de protección de datos personales. Sin embargo, para la opinión pública, ninguna arquitectura informática luce invulnerable ante el historial de vulneraciones cibernéticas que han sufrido diversas dependencias en el pasado reciente.

A mediados de junio, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa concedió una suspensión provisional a un ciudadano inconforme con la transmisión de sus datos. Los magistrados determinaron que obligar a un particular a entregar sus datos bajo la amenaza de perder su línea telefónica causa una afectación irreparable a los derechos humanos y a la privacidad.

Si bien estos amparos se han decretado con efectos individuales al proteger exclusivamente a los ciudadanos que acuden al juicio para evitar que les suspendan el servicio, sientan un precedente contundente. El Poder Judicial vuelve a dejar claro que la seguridad pública no puede construirse a costa de socavar las garantías individuales. La cuenta regresiva continúa, pero el desenlace final de esta desconexión masiva promete definirse en los tribunales o con la omisión y falta administrativa de millones de mexicanos.

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