El pasado 16 de octubre, dentro de la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), se publicaron, tras su discusión y votación, las reformas a la Ley de Amparo, las cuales entraron en vigor al día siguiente de su publicación.
A través de este decreto se aprobó la reforma y adición de diversas disposiciones a la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de nuestra Constitución Política, así como al Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
En este punto, vale la pena señalar los comentarios que especialistas del área jurídica han hecho sobre la importancia que el Juicio de Amparo, toda vez que es el medio de defensa legal que tiene por objetivo proteger los derechos humanos consagrados en la Constitución Política, así como en los Tratados Internacionales de los que México forma parte.
Mientras que el amparo protege a los ciudadanos frente a normas generales, actos u omisiones por parte de los poderes públicos o de particulares en los casos que señala la propia Ley de Amparo.
Al adentrarnos en las implicaciones que tendrá la publicación en el Diario Oficial de la Federación, debemos observar tres puntos fundamentales. En primer lugar, la cancelación de la figura de la suspensión para los congelamientos de cuentas y procedimientos que realice la Unidad de Inteligencia Financiera.
En segundo término, la obligación de garantizar con pago los créditos fiscales para la aplicación de la suspensión en cualquier crédito fiscal. Y finalmente, la desaparición de los efectos generales de la suspensión en cualquier tipo de amparo.
Además de las afectaciones que se producirán dentro de la ciudadanía, también se generarán efectos negativos dentro del sector productivo y económico del país. Toda vez que existirá un temor justificado por parte de las unidades económicas, así como por parte del gremio empresarial, a ser víctima de arbitrariedades en los procedimientos fiscales a los que sean emplazados.
Ya que estas acciones no se podrán detener, debido a que las autoridades tendrán como primera posibilidad el congelar cuentas, restringir sellos digitales e impedir el funcionamiento de las actividades propias del negocio al no tener cuentas activas en las cuales puedan recibir ingresos, no poder facturar o si quiera continuar con las actividades económicas que realizan diariamente.
Ante este escenario, uno de los efectos que se producirá de manera casi inmediata, será el que las empresas trasnacionales den a conocer la posibilidad de salir del país, y no solamente como una amenaza, sino como una posibilidad latente.
Pues las dificultades para contar con créditos fiscales y tener que garantizar con pago estos mismos, darán como resultado la pérdida de liquidez y, por ende, poder cumplir con los compromisos económicos ya pactados.
Ante un escenario económico poco alentador para México como el que se espera durante 2026, con una alta inflación y poco o nulo crecimiento de la economía, el sector productivo se verá en aprietos para aportar su granito de arena al complejo engranaje que se ha construido a partir de malas decisiones que poco ayudan al desarrollo y bienestar del país.
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