Diana Mancilla

¿Acabó el sueño de una mejor pensión? Las reformas a la Modalidad 40 del IMSS

Sin Titubeos

Miles de mexicanos que durante años han destinado una parte importante de sus ahorros para conseguir una pensión digna tienen ahora la preocupación legítima y preguntarse si desaparecerá.

¿Perderán sus derechos quienes llevan meses o años pagando puntualmente? La publicación de nuevas disposiciones en el Diario Oficial de la Federación, este 21 de octubre de 2026, generó temor de quienes han cotizado puntualmente.

Pero es indispensable separar los hechos de los rumores. La Modalidad 40 no desaparece, pero las nuevas restricciones representan un cambio importante para quienes pretendían incorporarse y elevar considerablemente su salario de cotización.

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Debemos decir qué es la Modalidad 40. Se trata de un mecanismo de continuación voluntaria en el régimen obligatorio del IMSS, diseñado para personas que dejaron de trabajar para un patrón y querían cotizar por su cuenta. Su importancia es para quienes comenzaron a cotizar antes del primero de julio de 1997, pues pueden acceder al régimen pensionario de la Ley 73 si cumplen los requisitos correspondientes. A través de sus aportaciones mensuales, acumulan semanas y pueden mejorar el salario promedio usado para calcular lo que será pensión. No es un regalo del gobierno ni tampoco una concesión. Son recursos que los trabajadores aportan para construir mejores condiciones económicas para su retiro.

Pero no dejan de preguntarse, ¿qué cambió entonces? El Consejo Técnico del IMSS aprobó el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG, publicado el 21 de octubre y con entrada en vigor al siguiente día. La disposición establece medidas temporales que limitan las condiciones de nuevas incorporaciones. Quienes soliciten ingresar deberán hacerlo tomando como referencia su último salario base de cotización registrado al dejar el empleo formal, con la posibilidad de incrementarlo hasta en una Unidad de Medida y Actualización. Esto, legítimamente restringe la práctica de ingresar directamente con salarios superiores al último registrado. Asimismo, las nuevas inscripciones surtirán efecto desde la fecha de solicitud, sin la posibilidad de contratar periodos anteriores bajo este acuerdo.

Pero lo más importante para miles de familias que ya estaban inscritas en la Modalidad 40, antes de la entrada en vigor de las nuevas disposiciones, es que no serán expulsados del sistema. El acuerdo señala que podrán permanecer bajo las condiciones actuales hasta concluir el periodo que tengan contratado. Además, reconoce las semanas y los salarios efectivamente pagados, que conservarán su validez para calcular las futuras pensiones. Por lo tanto, debemos aclarar que los asegurados no perderán sus derechos o que sus aportaciones anteriores quedarán sin efecto. Existe una protección expresa, aunque no representa que todas las condiciones estén garantizadas indefinidamente.

Entonces, ¿dónde está el riesgo? En la conclusión del periodo contratado y en una eventual nueva incorporación. Una persona que lleva dos, tres o cuatro años pagando Modalidad 40 puede encontrarse en una situación distinta de quien apenas pretende ingresar. Si su aseguramiento continúa vigente dentro del periodo contratado, el acuerdo establece que conserva las condiciones actuales. Pero si ese periodo concluye y necesita contratar nuevamente, podrían aplicarse las restricciones salariales recién aprobadas. Aquí existe un punto que el IMSS debe aclarar cómo se determinará el vencimiento de los periodos contratados, particularmente para quienes realizan pagos mensuales continuos y están próximos a cumplir la edad para pensionarse.

El acuerdo ordena un análisis financiero de la Modalidad 40 en un plazo de seis meses y, posteriormente, preparar una propuesta de modificaciones normativas que deberá someterse a consideración del Consejo Técnico. Es decir, las medidas anunciadas tienen carácter temporal y pueden abrir paso a nuevas decisiones. Mientras tanto, quienes ya participan en este esquema deben evitar decisiones precipitadas: no suspender sus pagos, no solicitar bajas innecesarias y conservar sus comprobantes. También resulta indispensable revisar ante el IMSS la vigencia de su inscripción, su salario registrado y las condiciones específicas de su aseguramiento.

La pregunta es si es justo modificar las reglas de un mecanismo en el que miles de trabajadores han depositado sus ahorros y sus expectativas de retiro. La sostenibilidad financiera del Instituto Mexicano del Seguro Social es urgente, pero también la seguridad jurídica de quienes han cumplido fervientemente. Los especialistas advierten que cualquier restricción debe respetar los derechos adquiridos y el principio constitucional de no retroactividad en perjuicio de las personas. El IMSS debe explicar quiénes conservarán sus condiciones, cuánto tiempo y qué ocurrirá cuando concluya su periodo contratado.

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