Toluca, Méx. De 2023 a 2025, el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios () emitió 5 mil 524 medidas de apremio:

  • 3 mil 933 apercibimientos.
  • mil 552 amonestaciones públicas.
  • 39 multas económicas.

Sanciones emitidas a instituciones

  • El 79% de estas sanciones se dirigieron a ayuntamientos.
  • El 8% a Sistemas Municipales DIF.
  • El 7% al Poder Ejecutivo.
  • El 5.5% a organismos de agua y saneamiento.

El resto se aplicó al Poder Judicial, organismos autónomos, sindicatos e institutos municipales del deporte.

El 79% de las sanciones emitidas por el Pleno del INFOEM fueron dirigidas a ayuntamientos municipales.  Foto Alejandro Vargas
El 79% de las sanciones emitidas por el Pleno del INFOEM fueron dirigidas a ayuntamientos municipales. Foto Alejandro Vargas

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Entes con mayor cumplimiento de transparencia

Los entes con mayor cumplimiento en materia de transparencia han sido el y los partidos políticos, que en los últimos dos años no han recibido apercibimientos, amonestaciones ni multas.

El artículo 214 de la Ley de Transparencia faculta al Infoem para imponer multas como medidas de apremio, que van desde 150 hasta mil 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). En 2025, el monto máximo equivale a 169 mil 710 pesos.

  • En 2023 se aplicaron 20 multas y se pagaron 11.
  • En 2024, se impusieron 17 y se cubrieron 14.
  • En lo que va de 2025, se han aplicado dos sanciones, ambas ya solventadas.

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De acuerdo con el Pleno del Infoem, el monto total a recaudar por las 39 multas asciende a 616 mil 219.5 pesos. Especial
De acuerdo con el Pleno del Infoem, el monto total a recaudar por las 39 multas asciende a 616 mil 219.5 pesos. Especial

Multas económicas emitidas

El monto total a recaudar por las 39 multas asciende a 616 mil 219.5 pesos. De ese total, 428 mil 038.5 pesos ya fueron pagados, por lo que aún resta cubrir una suma de 188 mil 181 pesos.

Estos adeudos se notifican a la Secretaría de Finanzas para que, mediante convenio, se inicie el procedimiento administrativo de ejecución correspondiente. La ley prohíbe cubrir este tipo de sanciones con recursos públicos.

Según el artículo 219, el Instituto puede convenir con el Poder Ejecutivo que los recursos obtenidos por multas se destinen al cumplimiento de los objetivos establecidos en la Ley de Transparencia, conforme a la normatividad vigente

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