Toluca, Méx. El Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) aprobó el procedimiento para verificar, previo a la asignación de cargos, que las candidaturas a cargos del Poder Judicial del Estado cumplan con los requisitos de elegibilidad “8 de 8” contra la violencia.
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De conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las candidaturas no podrán ser elegibles al cargo cuando se cuente con sentencia firme por la comisión intencional de:
En la 20ª Sesión Extraordinaria del Consejo General, la consejera Flor Angeli Vieyra Vázquez recordó que la revisión de los requisitos de elegibilidad se estableció en dos momentos.
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En la sesión virtual, recordó que en el acuerdo emitido se contemplan pasos específicos tales como:
En tanto, la consejera Karina Vaquera Montoya enfatizó que el catálogo de delitos descrito en el artículo 38 de la Constitución, tiene un carácter enunciativo y no limitativo, por lo que anticipó que también será revocado el triunfo a quienes sean sentenciados por delitos contra la vida y la integridad corporal, incluyendo las lesiones, el homicidio, feminicidio, la inducción al suicidio y la manipulación genética.
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