Toluca, Méx. El Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) aprobó el procedimiento para verificar, previo a la asignación de cargos, que las candidaturas a cargos del Poder Judicial del Estado cumplan con los requisitos de elegibilidad “8 de 8” contra la violencia.
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Las candidaturas no podrán ser elegibles
De conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las candidaturas no podrán ser elegibles al cargo cuando se cuente con sentencia firme por la comisión intencional de:
- Delitos contra la vida y la integridad corporal.
- Atentar en contra de la libertad y seguridad sexual.
- Violentar el normal desarrollo psicosocial.
- Incurrir en violencia familiar.
- Ejercer violencia familiar equiparada o doméstica.
- Violar la intimidad sexual.
- Ejercer violencia política contra las mujeres en razón de género.
- Ser declarada persona deudora alimentaria morosa.
20ª Sesión Extraordinaria del Consejo General
En la 20ª Sesión Extraordinaria del Consejo General, la consejera Flor Angeli Vieyra Vázquez recordó que la revisión de los requisitos de elegibilidad se estableció en dos momentos.
- El primero estuvo a cargo de los Comités de Evaluación de cada Poder (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) durante el registro de candidaturas.
- En el segundo se dará por parte del órgano electoral local previo al otorgamiento de constancias de mayoría.
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En la sesión virtual, recordó que en el acuerdo emitido se contemplan pasos específicos tales como:
- La verificación de los expedientes de las personas candidatas.
- La posibilidad de que cualquier persona u asociación civil pueda presentar un escrito en el que manifieste que alguna candidatura presuntamente incumple con requisitos de elegibilidad.
- El desahogo de la garantía de audiencia de las candidaturas involucradas.
- La facultad del IEEM para llevar a cabo las diligencias que se estimen pertinentes para garantizar que quienes ocupen un lugar en el PJEM cumplan con lo establecido en la ley y la norma.
En tanto, la consejera Karina Vaquera Montoya enfatizó que el catálogo de delitos descrito en el artículo 38 de la Constitución, tiene un carácter enunciativo y no limitativo, por lo que anticipó que también será revocado el triunfo a quienes sean sentenciados por delitos contra la vida y la integridad corporal, incluyendo las lesiones, el homicidio, feminicidio, la inducción al suicidio y la manipulación genética.
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