Toluca, Méx. - La propuesta de Ley de Salud de la gobernadora Delfina Gómez Álvarez contempla ofrecer, en el Estado de México servicios integrales que hagan efectiva la Interrupción Legal del Embarazo.
Por primera vez se contempla un apartado específico sobre la "Prestación de Servicios de Interrupción del Embarazo" contemplando ocho artículos relacionados con garantizar a las mujeres el derecho a decidir sobre su cuerpo; brindar acompañamiento, atención médica y psicológica e información oportuna; garantizar el servicio sin demoras; refiere las obligaciones de las instituciones públicas, de médicos y enfermeras; y se promueve la salud sexual y reproductiva.
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Para efectos de la ley, se entiende por Interrupción Legal del Embarazo, al procedimiento médico, farmacológico o quirúrgico, para la interrupción del embarazo, realizado por personal de salud capacitado, en condiciones higiénicas que reduzcan los riesgos a la salud y la vida de la mujer o persona gestante.
La propuesta establece que la Secretaría de Salud deberá garantizar a este sector acompañamiento, consejería, atención médica y psicológica; información clara y suficiente sobre los procedimientos, riesgos, consecuencias y efectos de cada uno para que ejerzan su derecho a decidir de manera libre, responsible e informada, así como información sobre los lugares e instituciones de salud en donde el procedimiento se puede realizar de manera segura.
En uno de los artículos se indica que el servicio deberá ser brindado sin demoras, respetando la voluntad de la persona solicitante y el derecho a la confidencialidad. Y en otro se refiere que las instituciones públicas deberán brindar servicios de atención médica gratuita, universal universal y de calidad, sin condicionamiento, imparcial, libre de violencia, estigma o discriminación.
Además de garantizar la disponibilidad de personal para la prestación de servicios, contar con infraestructura, insumos y medicamentos para la atención segura, capacitar continuamente al personal de salud en derechos sexuales y reproductivos, y promover campañas de sensibilización.
También se enfatiza que la postura individual del personal médico y de enfermería, basada en sus principios éticos, ideológicos, religiosos y otros que afecten la prestación de este servicio, no podrán invocarse de manera indiscriminada y sin justificación alguna, en caso de negarlo, deberá dar aviso al directivo de la unidad médica para que se canalice a la persona con otro profesional de la salud.
Sin embargo, la iniciativa plantea que la negativa del servicio de interrupción del embarazo no será procedente cuando la negatividad o postergación del servicio implique riesgo para la vida de la mujer, pueda producir daño, secuelas y/o discapacidades de la mujer, por motivos discriminatorios o de odio, y cuando la gestación sea producto de una violencia sexual.
Finalmente refiere que las instituciones deberán llevar un registro confidencial y estadístico de los procedimientos realizados.
Con esta propuesta del Gobierno del Estado de México se estaría cubriendo el establecimiento de las leyes secundarias de la ILE;no obstante, tendrá que ser analizada por las y los legisladores para garantizar su viabilidad.
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