Toluca, Méx. Luego de que los regidores de Capulhuac aprobaron la solicitud al Congreso local para la destitución de la alcaldesa Selene Hernández Herrera tras ser acusada de golpear a una trabajadora del DIF municipal, mucho se ha especulado sobre la remoción de la funcionaria, pero ¿cuál es el procedimiento para la revocación de mandato de integrantes del ayuntamiento?
Antes que todo, se debe especificar que, de acuerdo con la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, a través de su artículo 46 se estipula que a los miembros se les puede revocar su mandato por:
Los síndico y regidores precisaron que la solicitud para pedir la separación del cargo de Selene Hernández fue a petición de la ciudadanía / Foto: Especial
- Ocasionar daños y perjuicios a la hacienda pública municipal, por el indebido manejo de sus recursos
- Atacar a las instituciones públicas, al funcionamiento normal de las mismas, a la forma de gobierno, a las garantías individuales o sociales; y a la libertad del sufragio
- Infringir la Constitución Política y ordenamientos legales locales, que causen perjuicio grave al Estado, al municipio o a la colectividad
- Realizar actos que impliquen violaciones sistemáticas a los planes y programas o perjuicio a los recursos de la administración pública estatal o del municipio, así como aquéllos que no le sean permitidos por la ley o que requieran de formalidades específicas;
- Propiciar entre los miembros del ayuntamiento conflictos que obstaculicen el cumplimiento de sus fines o el ejercicio de sus respectivas competencias
- Usurpar funciones y atribuciones públicas
- Utilizar su autoridad o influencia oficial para hacer que los votos en las elecciones recaigan en determinada persona o personas
- Ordenar la privación de la libertad de las personas fuera de los casos previstos por la ley
Lee también Tras denuncia por agresión, servidora del DIF Capulhuac recibe protección
- Para remover de su cargo a un integrante de ayuntamiento, se siguen los siguientes pasos:
- Se envía la solicitud de revocación al Congreso local
- En la Legislatura se integra una Comisión de Instrucción y Dictamen: se compone por dos Diputados de la Junta de Coordinación Política, presidentes de Gobernación y Puntos Constitucionales, y Procuración y Administración de Justicia, así como un diputado de la primera minoría y uno de la segunda
- Notificación e instauración del procedimiento: Se cita a garantía de audiencia en fecha y hora determinada
- Audiencia: Se llevará a cabo entre los cinco y quince días, después de realizada la notificación
- Emisión del dictamen: Si el dictamen considera procedente la solicitud, se requerirá el voto de las dos terceras partes de los integrantes de la Legislatura
- Notificación de la resolución y publicación del dictamen: La resolución se notificará a los interesados y será publicada en la Gaceta del Gobierno
Lee también Ayuntamiento de Capulhuac aprueba solicitud para pedir la destitución de alcaldesa por agresión
De esta manera, una vez que se notifique la resolución, los suplementes serán llamados a ocupar el cargo vacante.
Síguenos en nuestras redes sociales:
Instagram: @eluniversaledomex, Facebook: El Universal Edomex y X: @Univ_Edomex