Toluca, Méx.- La presidenta de la Mesa Directiva de la 62 Legislatura, Martha Azucena Camacho Reynoso aseguró que, en caso de recibir solicitudes formales, el Congreso local actuará con transparencia y conforme a derecho en los casos de y Metepec, aseverando que no habrá protección a nadie.

"Se va a respetar el proceso, será completamente transparente, se tiene que aplicar la norma jurídica. No habrá protección para nadie, todos estamos expuestos y hay consecuencias de nuestros actos", señaló.

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La diputada local de Morena aseguró que hasta el momento no existe alguna solicitud para iniciar procedimientos en contra de la presidenta municipal de Tenancingo, Nancy Nápoles Pacheco ni del presidente municipal de Metepec, Fernando Flores Fernández.

El Congreso del Estado de México aclaró que no ha recibido solicitudes formales para sancionar a los ediles de Metepec o Tenancingo. Foto Especial
El Congreso del Estado de México aclaró que no ha recibido solicitudes formales para sancionar a los ediles de Metepec o Tenancingo. Foto Especial

En cuanto al caso de Tenancingo en donde la Fiscalía General de Justicia del Estado (FGJEM) informó sobre un presunto autosecuestro por parte de la edil, para obtener 40 millones de pesos y cubrir con ello un desfalco, Camacho Reynoso evitó emitir un pronunciamiento detallado para salvaguardar el debido proceso, pero aseguró que, de haber una solicitud la aplicación de la norma jurídica será clara.

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Por lo que respecta al caso de Metepec, desmintió lo que ha circulado en algunas redes sociales sobre que la Legislatura alista el proceso de destitución de Fernando Flores como presidente municipal.

"No se ha recibido ninguna petición formal en el Congreso, ninguna queja por parte de algún ciudadano, una vez que se realice hay que hacer el procedimiento conforme lo marca la ley".

Revocación de Mandato

Respecto a la figura de Revocación de Mandato de integrantes de un Ayuntamiento, la Ley Orgánica Municipal refiere en su artículo 46 que entre los motivos para que se dé destaca: infringir la Constitución Política y ordenamientos legales locales, que causen perjuicio grave al , al municipio o a la colectividad; ocasionar daños y perjuicios a la hacienda pública municipal, por el indebido manejo de sus recursos; usurpar funciones y atribuciones públicas; y alterar seriamente el orden público o la tranquilidad y la paz social de los habitantes del municipio.

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Sin embargo, para iniciar el procedimiento de Revocación de Mandato debe existir una solicitud enviada por el Ejecutivo estatal para posteriormente integrarse una Comisión de Examen previo que la conformarán integrantes de la para aceptar o no la denuncia.

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