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Toluca, Méx. — A partir del 4 de agosto de 2025, los Juzgados Séptimo y Octavo Familiares del Distrito Judicial de Toluca estarán facultados para asuntos promovidos por la Secretaría de las Mujeres del Estado de México, como parte de una estrategia del Poder Judicial para mejorar el acceso a la justicia y optimizar la atención a mujeres víctimas de violencia.
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Luego de detectar una carga de trabajo mayor en el Juzgado Noveno Familiar del mismo distrito, que en el periodo del 3 de marzo al 13 de junio de este año recibió tres veces más casos en promedio que otros órganos jurisdiccionales autorizados, se determinó la urgencia de implementar la medida, según se dio a conocer en el Acuerdo del Pleno del Consejo.
Reducir tiempos de espera
Con esta ampliación, afirman, se busca distribuir de manera más equitativa los procedimientos judiciales, reducir tiempos de respuesta y atender con mayor especialización y eficiencia los casos vinculados a la protección y derechos de las mujeres.
Con la finalidad de fortalecer el acceso efectivo a la justicia, evitar desequilibrios en la carga de trabajo y atender de manera especializada y oportuna los procedimientos relacionados con la atención de mujeres víctimas de violencia
se lee en el documento
De acuerdo con la Circular 13/2025, desde el 1 de febrero de 2025, otros juzgados en distintos distritos judiciales del estado también han sido habilitados para conocer este tipo de casos, entre ellos el:
- Juzgado Familiar del Distrito Judicial de Cuautitlán, con residencia en Cuautitlán Izcalli
- Juzgado Noveno Familiar del Distrito Judicial de Tlalnepantla

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Garantizar una justicia accesible
La medida forma parte de un esfuerzo integral por parte del Poder Judicial mexiquense para garantizar una justicia accesible, pronta y especializada en materia de violencia de género y derechos de las mujeres.
Tras darse a conocer el acuerdo, deberán instruir a la Dirección General de Innovación y Desarrollo Tecnológico, en coordinación con la Subdirección de Oficialía de Partes, para que implementen las medidas necesarias a fin de equilibrar la carga de trabajo en los órganos jurisdiccionales referidos.
Aunado a que deberán realizar las modificaciones necesarias al sistema a fin de dar cabal cumplimiento al presente acuerdo. Lo anterior es así en razón a que es el propio sistema quien determina el orden del turno y la carga para cada órgano jurisdiccional
precisa
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