Toluca, Méx. La 62 Legislatura aprobó por unanimidad el proceso y la convocatoria para la elección o reelección de la presidenta o del presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem), la recepción de documentos inicia este 27 de junio y concluirá el 3 de julio, la designación será por 4 años y el cargo se ocupará a partir del 21 de agosto.
A la pregunta expresa si Morena generará un acuerdo para ratificar a la actual titular, Myrna Araceli García Morón, o para facilitar el camino a alguien más, el presidente de la Junta y líder de la bancada, Francisco Vázquez Rodríguez afirmó “Morena no hace acuerdos para elegir gente, Morena busca a la gente que debe ser la adecuada”.
De acuerdo con la convocatoria, las y los aspirantes deberán registrarse y remitir su documentación del 27 de junio al 3 de julio (a excepción del 28 y 29 de junio), en el Salón de Protocolo “Isidro Fabela Alfaro”, ubicado en el Poder Legislativo; una vez concluido el periodo de registro, la JUCOPO remitirá los expedientes digitales a la Comisión Legislativa de Derechos Humanos, para que del 7 al 11 de julio se realice la etapa de entrevistas, y el 21 de agosto rinda protesta y cupe el cargo la persona designada.
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Conforme a la ley, quien encabece el órgano defensor de los derechos humanos será elegida o ratificada por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Legislatura local para un periodo de 4 años, mediante un proceso transparente y de máxima publicidad.
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Sobre los requisitos, quien aspire deberá tener residencia efectiva en el Estado no menor de 5 años anteriores al día de su elección; tener preferentemente título de licenciado en Derecho, así como experiencia o estudios en materia de derechos humanos; un mínimo de edad de 35 años; tener buena fama pública y no haber sido condenado mediante sentencia ejecutoriada, por delito intencional; no haber desempeñado cargo directivo en algún partido, asociación u organización política, en los tres años anteriores al día de su elección; no haber sido sancionado en el desempeño de empleo, cargo o comisión en el servicio público y no haber sido inhabilitado o destituido en el servicio público.
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