Toluca, Méx.- La gobernadora del Estado de México, presentó una iniciativa para reformar el Código Penal en materia de delitos contra la libertad sexual para agravar las penas por los delitos de abuso y hostigamiento sexual.

La iniciativa fue presentada a la 62 Legislatura y propone señalar que quien realice hostigamiento sexual se le impondrán de 2 a 6 años de prisión o de 100 a 800 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (de 11 mil 314 a 90 mil 512 pesos); sin embargo, si la conducta delictiva la comete una persona servidora pública de institución educativa y utilizare los medios o circunstancias que el cargo le proporciona, la pena se incrementará en una mitad, pudiendo alcanzar los 9 años de prisión, pero además será destituida del cargo y se le inhabilitará para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público de 1 a 10 años.

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Además, cuando el hostigamiento se realice de manera reiterada, o aprovechándose de cualquier circunstancia que produzca desventaja, indefensión o riesgo inminente para la víctima, la pena se incrementará en una mitad, logrando alcanzar una pena de hasta 13.5 años de prisión.

Para el caso de abuso sexual, se impondrá una pena de 3 a 7 años de prisión y de 200 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (56 mil 570 pesos como máximo), al abusador se le impondrá la obligación de acudir a talleres reeducativos con perspectiva de género y no violencia contra las mujeres y/o prestar trabajo en favor del Estado o de instituciones de beneficencia pública a fin de favorecer medidas de no repetición y promover un cambio cultural a favor de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, pero además, como reparación integral del daño, la víctima deberá tener atención psicológica especializada, hasta su total recuperación.

Quien abuse de un menor de edad o contra quien no tenga la capacidad de comprender las cosas o de resistir al hecho, se le impondrá una pena de 8 a 15 años de prisión y de 500 a mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (113 mil 140 pesos máximo).

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No obstante, las penas aumentarán hasta en una tercera parte en su mínimo y máximo, cuando el delito se cometa con violencia física, psicológica o moral; por dos o más personas; en un lugar despoblado; cuando exista o haya existido entre el agresor y la víctima una relación de confianza, sentimental o de parentesco; cuando se realice por ministro de culto; cuando la víctima se encuentre bajo los efectos de alcohol, fármacos, narcóticos u otras sustancias, entre otras, la pena podrá alcanzar los 20 años de prisión como máximo.

En la iniciativa el Ejecutivo refiere que ambos delitos se perseguirán de oficio, es decir, que no se requerirá el seguimiento forzoso por parte de la víctima para su investigación y castigo, a fin de no revictimizarla y exponerla a nuevos sucesos que afecten su integridad y desarrollo.

Y se enfatiza que cuando servidores de instituciones policiales, de procuración o administración de justicia se nieguen a recibir la denuncia de la víctima, persuada, disuada o intimide para no interponerla, se le impondrán de 2 a 6 años de prisión, una sanción económica, así como la destitución e inhabilitación por un plazo igual al de la pena de prisión impuesta, para ejercer empleo, cargo o comisión públicos.

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