Toluca, Méx.- Las comisiones legislativas de Procuración y Administración de Justicia, y Para la Igualdad de Género avalaron la iniciativa del Ejecutivo para sancionar con hasta 9 años de prisión el hostigamiento sexual y hasta con 20 años el abuso sexual.
La propuesta que la gobernadora Delfina Gómez Álvarez hizo llegar a la Legislatura contempla agravar el abuso y hostigamiento sexual; establecer que se perseguirán de oficio; se actualiza el catálogo de delitos sexuales; y se enfatiza que, en su interpretación y aplicación, deberá considerarse la perspectiva de género y los contextos de vulnerabilidad de la víctima.
Estos planteamientos se enmarcan en la campaña de 10 puntos que anunció la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo el 25 de noviembre, en el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, la cual busca homologar los tipos penales a nivel nacional y prevenir toda agresión.
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En su momento, Javier de Jesús Domínguez González, encargado de despacho de la Dirección General de Legislación y del Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno", destacó que el planteamiento pide no presumir el consentimiento de la víctima por silencio, por pasividad, por inactividad; enviar a las personas agresoras a tomar talleres educativos contra la violencia; y castigar a personas servidoras públicas que sean omisas o disuasivas antes las denuncias.
Lo aprobado en comisiones es establecer para el tema de hostigamiento una pena de 2 a 6 años de prisión y contemplar sanciones adicionales cuando la persona agresora sea servidora pública o cuando la conducta ocurra en espacios educativos; en estos supuestos, la reforma prevé que la pena alcance la mitad del máximo establecido, llegando a 9 años de prisión.
Mientras que para el tema de abuso sexual se impondrá una pena de 3 a 7 años de prisión, quien abuse de un menor de edad o contra quien no tenga la capacidad de comprender las cosas o de resistir al hecho, se le impondrá una pena de 8 a 15 años de prisión, las penas aumentarán hasta en una tercera parte en su mínimo y máximo, cuando el delito se cometa con violencia física, psicológica o moral; por dos o más personas; en un lugar despoblado; cuando exista o haya existido entre el agresor y la víctima una relación de confianza, sentimental o de parentesco; cuando se realice por ministro de culto; cuando la víctima se encuentre bajo los efectos de alcohol, fármacos, narcóticos u otras sustancias, entre otras, la pena podrá alcanzar los 20 años de prisión como máximo.
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