Toluca, Méx. — La Secretaría de Finanzas emitió los lineamientos del Programa de Regularización de los adeudos fiscales con el Gobierno del Estado de México, previsto en la Ley de Ingresos.
A través de este esquema se otorgan estímulos consistentes en la reducción de multas, recargos y gastos de ejecución derivados de créditos fiscales estatales a cargo de personas físicas o jurídicas colectivas, a fin de incentivar la regularización voluntaria de adeudos fiscales, facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y fortalecer la recaudación de los ingresos públicos del Estado.
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En este sentido se precisa que el programa otorgará estímulos consistentes en la reducción de hasta el 100 por ciento de multas, recargos por pago extemporáneo de créditos fiscales y gastos de ejecución relacionados con los impuestos, derechos de control vehicular y créditos fiscales relacionados con estos.
Podrán acceder a los estímulos las personas físicas o jurídicas colectivas que tengan a su cargo impuestos, derechos de control vehicular o créditos fiscales estatales relacionados con estos, correspondientes al Ejercicio Fiscal 2024 o anteriores; estar sujetos a la comprobación por parte de autoridades fiscales estatales y optar por autocorregirse respecto de las irregularidades detectadas; contar con autorización vigente para el pago a plazos de créditos fiscales estatales, y mantener al 1 de enero de 2026, un saldo pendiente de pago; tener a su cargo créditos fiscales estatales firmes que no se encuentren controvertidos o que hayan sido impugnados, siempre y cuando exhiba el acuerdo de desistimiento del medio de defensa.
El documento publicado en Gaceta de Gobierno especifica que cuando los adeudos fiscales estatales estén integrados exclusivamente por multas derivadas del incumplimiento de obligaciones distintas a las de pago, se podrá acceder a un estímulo fiscal equivalente al 90 por ciento del monto de la multa, siempre que cumplan la obligación cuyo incumplimiento dio origen a la misma.
Quienes aspiren a ser beneficiarios del programa deberán presentar solicitud por escrito dirigido a la persona titular o encargada de la Delegación Fiscal competente, de acuerdo con su domicilio fiscal y se precisa que tratándose de solicitudes cuyo importe actualizado, junto con sus accesorios, sea menor o igual a 30 millones de pesos, la autorización previa se otorgará mediante la validación, por parte de la Dirección de Administración de Cartera, pero si es superior a dicha cantidad la autorización previa se otorgará por la Dirección General de Recaudación.
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