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¡Atención Edomex! Avanza en Comisiones: Despojar un hogar costará ¡hasta 17 años de cárcel!

En un paso crucial, la Comisión de Justicia del Edomex aprobó agravar el delito de despojo, con penas de hasta 17 años de prisión

El Edomex avanza en comisiones para castigar el despojo con hasta 17 años de cárcel, una medida clave para proteger el patrimonio de los mexiquenses. Foto: Especial
23/06/2025 |15:41
Alma Rodríguez
Reportera EL UNIVERSAL EdomexVer perfil

Toluca, Méx. La comisión legislativa de Procuración y Administración de Justicia aprobó por mayoría agravar el , estableciendo una pena máxima para quien lo cometa de hasta 17 años de prisión.

Octavio Martínez, diputado de Morena y uno de los impulsores de la iniciativa, refirió que la modificación aldel Estado era necesaria y urgente si se considera que cada dos horas se comete un despojo en el Estado de México, por lo que la reforma dará certeza a los más de 4 .5 millones de propiedades que se encuentran en territorio mexiquense.

También se destacó que al elevar las penas se buscan dar herramientas legales a la del Estado para que actúe, se den resultados y se detengan a delincuentes.

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¿Qué se aprobó?

Se establece una pena de 5 a 10 años de prisión y de 700 a mil días multa a quien ocupe un inmueble ajeno o haga uso de él o de un derecho real que no le pertenezca o impida materialmente el disfrute de uno o de otro y a quien desvíe o utilice aguas, propias o ajenas, en desacato a lo dispuesto por la ley de la materia.

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En el artículo 308 del Código Penal se precisa que cuando se trate de un predio declarado área natural protegida se impondrán de 7 a 12 años de prisión y de 700 a mil días multa; a las personas servidoras públicas que tengan autoría o participación en el delito se les impondrán de 10 a 17 años de prisión y de 700 a mil días multa.

En tanto, en el artículo 308 Bis se señala la sanción se incrementará hasta en una mitad cuando el se cometa: con violencia física o moral, o mediante el rompimiento de cerraduras, o el forzado de puertas o ventanas; cuando se cometa en contra de un ascendiente o descendientes; cando clandestinamente se aproveche la ausencia del propietario, o cuando la víctima sea una mayor de 60 años, menor de 18, mujer embarazada, persona con discapacidad o perteneciente a un pueblo o comunidad indígena.

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