Toluca, Méx. En el Estado de México, 43 municipios están contemplados en la Ley de Derechos y Cultura Indígena, además de cinco que figuran en el listado de localidades indígenas. Todos ellos están obligados por ley a contar con una dirección o área de asuntos indígenas; sin embargo, solo el 62% ha cumplido con esta disposición.
De acuerdo con la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, en 2020 se agregó el artículo 87 Bis, que establece que los municipios con población indígena deben contar con una Dirección de Asuntos Indígenas o su equivalente. Esta instancia debe atender, con respeto a la cultura, usos, costumbres, tradiciones y formas de organización comunitaria, las solicitudes y propuestas de las personas y comunidades indígenas que correspondan a su competencia.
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La normativa también indica que dicha dependencia debe estar encabezada preferentemente por una persona que hable y escriba alguna de las lenguas indígenas de la región. Su designación, propuesta por el presidente municipal, debe ser ratificada por el cabildo.
Aunque esta medida es obligatoria, solo 30 municipios la han cumplido:
A estos se suman tres municipios que han adoptado la medida de forma voluntaria:
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En contraste, 18 municipios han sido omisos:
Al respecto, la diputada Leticia Mejía García, presidenta de la Comisión de Asuntos Indígenas en la 62 Legislatura, recordó que en febrero presentó un exhorto para que las autoridades municipales informarán al Congreso sobre el cumplimiento de esta obligación. Hasta ahora, sólo seis municipios han respondido.
Vamos a esperar que actúen y abran estos espacios por voluntad. En caso de que sigan sin cumplir con la ley, tendremos que considerar otras medidas”, advirtió la legisladora.
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