Toluca, Méx. - Durante el fin de semana entró en vigor la reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México, con la cual se da reconocimiento a la violencia digital y se establecen medidas de protección inmediata para las víctimas.
Con lo anterior se define a la violencia digital como toda acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación, por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmita, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento ni autorización y que le cause daño psicológico, emocional, en cualquier ámbito de su vida privada o en su imagen propia.
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Dentro de las órdenes de protección se establece en el artículo 30 Bis de la Ley que para garantizar la integridad de la víctima, la o el Ministerio Público, la jueza o el juez, ordenarán de manera inmediata, las medidas de protección necesarias, ordenando vía electrónica o mediante escrito a las empresas de plataformas digitales, de medios de comunicación, redes sociales o páginas electrónicas, personas físicas o morales, la interrupción, bloqueo, destrucción, o eliminación de cuentas, imágenes, audios o videos relacionados con la investigación en materia de violencia digital.

Y se precisa que la autoridad que ordene las medidas de protección deberá solicitar el resguardo y conservación lícita e idónea del contenido que se denunció.
Además, el Decreto 287 refiere que las plataformas digitales, medios de comunicación, redes sociales o páginas electrónicas darán aviso de forma inmediata al usuario que compartió el contenido, donde se establezca de forma clara y precisa que el contenido será inhabilitado por cumplimiento de una orden judicial.
Una de las justificaciones que motivo este reconocimiento fue "En 2021 un 20.8 por ciento de la población del Estado de México, de 12 años o más, fue víctima de ciberacoso a través de situaciones como el contacto mediante identidades falsas, los mensajes ofensivos, las provocaciones, las llamadas ofensivas, el recibir contenido de índole sexual y hasta propuestas o insinuaciones sexuales, refiere el documento.
Designan a Avelino Blanco Guido como nuevo titular de la Comisión de Búsqueda de Personas del Edomex

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