Economía e Industria

¿Te toca declarar? Todo lo que debes saber sobre la Declaración Anual de Personas Físicas

Conoce quiénes deben presentar su Declaración Anual, qué gastos puedes deducir para recibir dinero de vuelta y las multas por incumplimiento

Los contribuyentes deben acceder al sistema con su e.firma y contraseña vigente. Foto Archivo
06/04/2026 |18:30
Redacción El Universal
Periodista de EL UNIVERSALVer perfil

Toluca, Méx. - Llegó abril y, con él, la obligación fiscal más importante para las personas físicas en México: la Declaración Anual de impuestos correspondiente al ejercicio fiscal 2025. El (SAT) ha habilitado su plataforma digital para que millones de contribuyentes cumplan con este requisito.

¿Quiénes están obligados a declarar?

No todos los ciudadanos deben presentar este informe, pero es fundamental identificar si te encuentras en alguno de los siguientes supuestos:

  • Sueldos y salarios: Si obtuviste ingresos mayores a $400,000 pesos anuales.
  • Dos o más patrones: Si trabajaste para dos empleadores de forma simultánea o consecutiva en el año.
  • Actividad profesional: Personas físicas con actividad empresarial, servicios profesionales (honorarios) o que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
  • Otros ingresos: Si percibiste rentas, intereses, dividendos o conceptos por enajenación de bienes.

Deducciones personales: La clave del saldo a favor

Uno de los mayores atractivos de la declaración anual es la posibilidad de obtener una devolución de impuestos. Esto se logra mediante las deducciones personales, que son gastos que el SAT permite restar de tus ingresos gravables. Entre los más comunes destacan:

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  • Honorariosmédicos, dentales, servicios de psicología, nutrición y gastos hospitalarios.
  • Colegiaturas desde preescolar hasta bachillerato (con límites anuales establecidos).
  • Intereses reales de créditos hipotecarios (Infonavit, Fovissste o bancos).
  • Aportaciones complementarias a tu cuenta de AFORE.

Nota importante: Para que estos gastos sean válidos, deben haber sido pagados mediante medios electrónicos (tarjeta, transferencia o cheque) y contar con la factura (CFDI) correspondiente.

  • ¿Qué pasa si no presento mi declaración?

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El incumplimiento puede salir caro. El SAT establece sanciones que van desde multas económicas (que pueden superar los $17,000 pesos por obligación no presentada) hasta la restricción del Certificado de Sello Digital, lo que impediría a una persona con actividad empresarial seguir facturando.

Pasos para realizar el trámite

Acceso: Ingresa al portal oficial del SAT con tu RFC y contraseña o e.firma vigente.

  • Revisión: El sistema ya cuenta con información precargada de tus ingresos y gastos facturados. Verifica que los montos coincidan.
  • Envío: Si estás de acuerdo con el balance (ya sea saldo en contra o a favor), envía la declaración.
  • Pago o devolución: Si resultó saldo a cargo, genera tu línea de captura. Si hubo saldo a favor, ingresa tu cuenta CLABE para recibir el depósito.

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Fecha límite: Los contribuyentes tienen hasta el 30 de abril para presentar su declaración sin recargos. Se recomienda no esperar hasta el último día para evitar saturaciones en la plataforma tecnológica del SAT.

Tips de seguridad

  • Evita compartir tu e.firma con gestores desconocidos.
  • Asegúrate de navegar siempre en el sitio oficial sat.gob.mx.

Si tienes dudas complejas, utiliza el servicio de Chat uno a uno del SAT o acude a las oficinas de la (Procuraduría de la Defensa del Contribuyente).

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